UNIDAD DEL NUEVO MODELO DE GESTIÓN PENITENCIARIA
Visión

Ser el modelo de solución integral en el ámbito penitenciario, reconocido nacional e internacionalmente por ofrecer oportunidades a las personas privadas de libertad, destacándose por la búsqueda continua de la excelencia en el tratamiento penitenciario y la formación de personal con alto nivel en valores.

Misión

Diseñar y ejecutar planes, programas y proyectos para garantizar la reeducación y readaptación social de las personas privadas de libertad, basados en el marco del más amplio respeto a los Derechos Humanos

Valores Institucionales

Cumplir y hacer cumplir las reglas, normas y mandatos legales que rigen a la Unidad y al Sistema Penitenciario Nacional.

Actuar siempre con decencia, de manera razonable, justo, probo y honrado en las actividades diarias.

Es reconocer, aceptar, apreciar y valorar las cualidades de las personas privadas de libertad y sus derechos

Cumplir con el deber que representa ser un funcionario o servidor público al servicio de la sociedad de Guatemala, asumiendo la obligación moral de los hechos que por acción u omisión se realizan en la Unidad.

Garantizar la claridad y el acceso a la información en la administración, ejecución y resguardo de los recursos públicos a cargo de la Unidad.

Actuar bien ante las dificultades para el cumplimiento de los objetivos propuestos para transformar el trabajo diario en seguridad, tranquilidad, oportunidad y beneficio para la sociedad guatemalteca.

Consiste en garantizar que los privados de libertad tengan las mismas oportunidades, trato, derechos, responsabilidades y obligaciones en los centros de detención.

Brindar un tratamiento personalizado que se adapte a las necesidades particulares de cada persona para su resocialización, rehabilitación y reinserción social.

Consiste en garantizar que las instituciones, empresas y la sociedad en general asuman su responsabilidad con la reinserción, reeducación y readaptación social de las personas privadas de libertad.

Garantizar que las personas privadas de libertad lleguen a los centros de detención a cumplir una condena y no a recibir otro castigo u otros tratos crueles inhumanos o degradantes para ellos y sus familiares. Asimismo, implica que las medidas para asegurar la seguridad y custodia se apliquen en función de la proporcionalidad, racionalidad, necesidad y legalidad.

Las penas han de ejecutarse bajo el estricto control de un juez de ejecución, quien debe conocer por parte de las autoridades penitenciarias que cualquier intención o cambio en las condiciones de las medidas de seguridad establecidas

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